viernes, 10 de julio de 2026
Fijación cuota Adulto Mayor:
Conforme al ARTICULO 34A. Derecho a los alimentos de la ley 1850 de 2017, Los alimentos comprenden lo imprescindible para la nutrición, habitación, vestuario, afiliación al sistema general de seguridad social en salud, recreación y cultura, participación y, en general, todo lo que es necesario para el soporte emocional y la vida autónoma y digna de las personas adultas mayores. En caso de no lograr la conciliación, fijar cuota provisional de alimentos.
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