En esta sección encontrararás las principales preguntas y respuestas al respecto del Plan de Obras vial 2024-2027 de la contribución especial de inversión en valorización de Tocancipá.
- ¿Qué es la valorización?
La Contribución de Valorización es un gravamen o tributo que deben pagar los propietarios o poseedores de los inmuebles (lotes, fincas, casas, apartamentos, locales, bodegas, entre otros) que se beneficien con la ejecución de una o más obras de interés público.
- ¿La valorización es un impuesto?
La Contribución de Valorización no es un impuesto, porque no grava por igual a todas las personas y porque los recursos que se recaudan tienen una destinación específica para financiar el plan de obras para la cual fue aprobada.
- ¿Para qué se usa la valorización?
La Contribución de Valorización que se recaude sólo puede usarse para financiar la obra o el conjunto de obras que aprobó el Concejo municipal.
- ¿Quiénes pueden cobrar valorización?
Estarán obligados a pagar la Contribución de Valorización el 100% de los propietarios de bienes inmuebles que esten en Tocancipá.
- ¿Quiénes deben pagar valorización?
Estarán obligados a pagar la Contribución de Valorización los propietarios o poseedores de los inmuebles que se encuentren dentro de la zona de influencia de las obras que se financiarán con estos recursos. Los que no se encuentren dentro de la zona de influencia no deberán pagar.
- ¿Cuál es el procedimiento para aprobar la valorización?
El procedimiento general para que una Contribución de Valorización sea aprobada inicia con la estructuración o elaboración del proyecto por parte de la Administración Municipal, es decir las secretarías de Planeación, Hacienda, Infraestructura y todas las dependencias que tengan relación con las obras que se van a realizar. Este proyecto es presentado por la Administración al Concejo, donde puede ser aprobado, modificado o rechazado. Cuando es aprobado, la Administración le informa a los contribuyentes el valor que deben pagar, los plazos y las formas de pago.
- ¿Cuáles son las normas que reglamentan la valorización?
Las principales normas que reglamentan la Contribución de Valorización son las siguientes:
- Constitución Política de Colombia, artículos 287, 317 y 338
- Decreto ley 1604 de 1966
- Ley 1333 de 1986, artículo 242
- Acuerdo 27 de 2024, artículo 5
- ¿Cómo se liquida la valorización?
Existen diferentes métodos para liquidar la Contribución de Valorización. Uno de los más usados se llama método de los factores de beneficio, en el cual la Contribución se liquida teniendo en cuenta factores del inmueble como el área, la distancia del predio a la obra más cercana, el uso y el estrato socio económico.
- ¿La valorización puede pagarse a plazos?
La Contribución de Valorización puede pagarse dentro de los plazos y las cuotas que establezca la Secretaría de Hacienda.
- ¿Cuánto debe pagar el propietario de un predio por valorización?
El valor que le corresponde pagar a cada propietario o poseedor por concepto de la Contribución de Valorización depende del valor de la obra o del conjunto de obras y de los factores que tenga el predio como son el área, la cercanía a las obras, el uso y el estrato del predio.
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