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dic 7, 2025 03:32 p. m.

ABC PBOT

1. ¿Qué es un PBOT?

Los planes básicos de ordenamiento territorial son instrumentos técnicos y normativos de planificación y gestión del territorio a largo plazo; estos contienen un conjunto de objetivos, políticas, estrategias, metas, programas, actuaciones y normas que orientan el desarrollo físico del territorio y la utilización o usos del suelo. A través del PBOT se ordena el territorio urbano y rural, hasta el punto de establecer los programas y proyectos que, durante los siguientes años, permitirán acercarnos a la visión del municipio en el que queremos vivir en el futuro.

2. ¿Qué municipios deberían tener un POT?

​​Todos los municipios del país. De acuerdo con las características y tamaño de cada municipio. según La Ley 388 de 1997, se clasifican estos instrumentos, así:

Plan de ordenamiento Territorial POT: Población superior a los 100.000 habitantes.

Plan Básico de Ordenamiento Territorial PBOT: Población entre 30.000 y 100.000 habitantes

Esquema de Ordenamiento Territorial EOT: Población inferior a 30.000 habitantes

3. ¿Cuáles son los principios del ordenamiento territorial?

En base a la Ley 388 de 1997 del artículo 2 los principios del ordenamiento territorial son los siguientes:

*La función social y ecológica de la propiedad.

*La prevalencia del interés general sobre el particular.

*La distribución equitativa de las cargas y beneficios.

4. ¿Cuáles son las determinantes del Ordenamiento territorial?

En el PBOT de Tocancipá se deben considerar de manera obligatoria las determinantes que son normas de superior jerarquía en relación a los siguientes temas:

· Conservación y protección del medio ambiente, recursos naturales y prevención de amenazas y riesgos.

· Áreas e inmuebles considerados como patrimonio Nacional y/o departamental, como lo es el patrimonio cultural, histórico, urbanístico, arquitectónico y arqueológico.

· La localización básica en relación a la red vial nacional y regional, sistemas de abastecimiento de agua, saneamiento y suministro de energía con sus respectivas áreas de influencia.

5. ¿Para qué sirve el PBOT?

Orienta las acciones y políticas administrativas y de planeación que orientan el desarrollo del territorio en el corto, mediano y largo plazo, en el cual entre otras se regula el aprovechamiento, utilización y ocupación del suelo de manera general, en las zonas urbanas y rurales del municipio, es así como el PBOT busca:

Mejorar la calidad de vida de los habitantes, mediante el acceso a oportunidades y beneficios que ofrece el desarrollo de la ciudad.

Garantizar que todos los ciudadanos tengamos acceso a los servicios comunes de la ciudad: vías, parques, colegios, hospitales, servicios públicos, vivienda digna, espacio público, etc.

Velar por la sostenibilidad ambiental y la seguridad de la población ante los riesgos naturales.

Procurar la utilización racional del suelo para favorecer el interés común, la sostenibilidad ambiental y la preservación del patrimonio.

6. ¿Cuál es la visión del PBOT de Tocancipá?

La Visión del municipio busca afianzar y potencializar en el territorio su vocación funcional determinada por una amplia actividad industrial, agroindustrial, minera, agropecuaria, comercial y de servicios, la cual además abastece y tiene implicaciones de impacto regional, nacional e internacional; así como fortalecer su papel como prestador de servicios regionales educativos, culturales y recreativos, convirtiendo al municipio en un centro regional de producción y servicios, centro de dinámica habitacional en la región, centro ambiental de recursos naturales y centro recreativo regional.​

7. ¿Qué es la revisión del PBOT?

La revisión y ajuste del Plan Básico de Ordenamiento Territorial es un procedimiento técnico y jurídico, establecido en la Ley 388 de 1997, cuyo principal objetivo es actualizar y modificar los contenidos y normas del PBOT vigente. Todo esto para que se asegure la consolidación efectiva del modelo de ordenamiento deseado por el municipio. Constituye el espacio estratégico para mejorar y corregir aspectos identificados en el actual PBOT, a la vez que permite la introducción de instrumentos de planificación que promuevan la materialización del modelo, optimizando los beneficios a largo plazo.​

8. ¿Por qué revisar el PBOT?

La revisión del PBOT es un proceso que se puede adelantar en tres circunstancias:​

a) Por vencimiento de la vigencia. Es cuando el POT se sigue aplicando por más de doce (12) años y su aplicabilidad no va de la mano con el desarrollo progresivo de la ciudad.

b) Por razones de excepcional interés público o de fuerza mayor o caso fortuito: Puede ser por la ocurrencia súbita de desastres naturales o por estudios técnicos que demuestren que la localización del municipio, se encuentra en áreas de amenazas con riesgo y vulnerabilidad alta no mitigable y que las condiciones contenidas en el PBOT vigente van en contravía con la seguridad de los ciudadanos.

c) Modificaciones excepcionales de normas urbanísticas. Es cuando se hace algún ajuste a la norma urbanística de carácter general o complementario del PBOT; sin embargo, debe tener una continuidad de los objetivos planteados, las estrategias, los programas y proyectos de largo y mediano plazo, definidas en los componentes general y urbano.

9. ¿Cuáles son las etapas de construcción del PBOT?

El Decreto 1077 de 2015 propone que la elaboración del PBOT se adelante siguiendo el ciclo de planeación PHVA: planear, hacer, verificar y actuar, para lo cual plantea el desarrollo de las siguientes etapas:

Preliminar: Se valida la información económica, social, financiera, ambiental y regional de soporte. Se analiza la factibilidad técnica y económica del proceso.

Diagnóstico: Se realiza una caracterización del estado actual del territorio, identificando potencialidades, limitantes y conflictos existentes. Incluye el análisis de la visión urbano regional del municipio o distrito. Esta incluye la cartografía.

Formulación: Se inicia la toma de decisiones y propuesta de acciones y actuaciones de ordenamiento que permitan alcanzar la imagen y visión deseada del territorio.

Implementación: Comienza la ejecución de acciones financieras, técnicas e institucionales para hacer realidad el ordenamiento. El tiempo de formulación de un PBOT es variable, depende de los recursos técnicos y financieros del municipio, así como de la complejidad del territorio.

​Seguimiento y Evaluación: Se desarrollará de manera permanente a lo largo de la vigencia del PBOT. Proporciona los insumos para la revisión y ajuste del PBOT, así como para la etapa preliminar y de diagnóstico, cerrando el ciclo del proceso de formulación del PBOT.

10. ¿Qué ha pasado y qué sigue para el PBOT?

En el mes de octubre del año 2018 se inició el proceso de revisión del PBOT de Tocancipá con la radicación de los estudios básicos de gestión del riesgo ante la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), quien luego de reiteradas revisiones y correcciones aprobó en el mes de diciembre de 2020 el estudio, dando vía libre a la presentación de la propuesta de revisión del PBOT.

Por esta razón, se realizó la actualización del diagnóstico, actualización de la propuesta de revisión e incorporación de los resultados del estudio básico de riesgo, consolidando la propuesta que se radicó ante la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) el 26 de marzo de 2021 para la concertación de asuntos ambientales.

El pasado 13 de mayo el municipio realizó presentación general de la propuesta ante la CAR, contextualizando sobre los cambios contemplados, la necesidad de revisión del PBOT y la inclusión de las determinantes ambientales. Para tener un mayor acercamiento a las condiciones del municipio, funcionarios de la CAR se desplazaron al municipio el 27 de mayo y en compañía de la administración municipal se realizó recorrido por las diferentes veredas.

En este momento la CAR se encuentra en la elaboración del documento de consideraciones ambientales sobre la propuesta presentada, en donde se consignarán las recomendaciones, sugerencias y requerimientos desde la autoridad ambiental frente a la propuesta de PBOT. Estas consideraciones, serán evaluadas por el municipio y serán objeto de las mesas de concertación.

11. ¿Qué actores se encuentran involucrados?​

En la formulación del PBOT interviene el alcalde a través de la secretaria de Planeación que lo formula y lo somete al concejo municipal. Pero antes de ello se debe

· Consejo de Gobierno.

· Consulta con la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) a fin de concertar los asuntos exclusivamente ambientales.

· Con el Consejo Territorial de Planeación (CTP) como representante de la sociedad civil en la planeación del desarrollo integral de las entidades territoriales, las cuales deberán rendir concepto y formular recomendaciones.

·Concejo Municipal que es el encargado del estudio y análisis, dentro de esta etapa deberá la corporación citar a un cabildo abierto.

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