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feb 2, 2026 04:56 p. m.

Movilidad y Espacio Público

jueves, 04 de septiembre de 2025

Acciones de la Administración Municipal

1. La Administración Municipal para el presente año ha contratado 4 técnicos en seguridad vial para dar apoyo a las actuaciones de policía judicial de las inspecciones de policía con funciones de tránsito, en cumplimiento de la ley 2197 de 2022.

2. En cuanto al mantenimiento señalización de las vías, es importante recordar que en la actualidad se están realizando los estudios pertinentes para la implementación y puesta en operación del Plan maestro de movilidad sostenible, el cual contiene aforos, encuestas, análisis de los sentidos viales y estudios de necesidades insatisfechas de transporte público.

3. Si bien es cierto los agentes que conforman el Grupo de Control Vial de la
Secretaría de Gobierno, realizan múltiples acciones preventivas, disuasivas y
educativas, en escenario variados, la aplicación normativa aún está en
cabeza de la secretaria de Movilidad Contemporánea de Cundinamarca.

4. Se han realizado controles operacionales conjuntos entre los agentes de la Gobernación de Cundinamarca y los municipales, dando aplicación a nuestro código nacional de tránsito, con especial énfasis en el control de la
informalidad/ilegalidad, control de conductores en estado de embriaguez,
documentos y condiciones técnico-mecánicas de los vehículos automotores.

5. Se realizan en las horas pico la regulación del tránsito por parte del Grupo de Control Vial municipal en los puntos de gran congestión, convergencia y
apoyo al control de las rutas escolares a la entrada de los colegios en horas
pico, con el apoyo del personal de cultura ciudadana y espacio público.

6. Las congestiones vehiculares se presentan en gran medida por el mal uso
del espacio público por parte de conductores, por lo tanto, a diario se
adelanta el programa preventivo de liberación del espacio público en conjunto las unidades de espacio público adscritas a la secretaria de gobierno y el grupo de control vial, en cuanto al parqueo en sitios prohibidos y abandono de los rodantes, dando cumplimiento a la ley 769 de 2002.

7. En temas de educación vial, se han adelantado procesos de capacitación,
concienciación y sensibilización a todos los actores viales, desde el personal
de la administración, conductores de transporte público, empresarios del
transporte, adultos mayores estudiantes y profesores de los colegios
públicos, en los siguientes temas:
• Seguridad vial para todos.
• Seguridad vial para conductores de transporte público.
• seguridad vial desde el comportamiento humano.
• Actualización en legislación del tránsito.
• Primer responsable en accidentes de tránsito.
• Cultura vial para peatones y pasajeros.

8. En el área de la prevención se han realizados campañas de inspección
técnico-mecánica de los vehículos de transporte publico de transporte
especial, en la modalidad escolar, que trasportan a nuestros niños a los
colegios, y a las empresas de taxis.

9. A la calle 4 por categoría y responsabilidad no podemos realizarle
intervenciones tipo señalización o mantenimiento debido a que aun está a
cargo del INVIAS, por lo cual se han proyectado y radicado múltiples
solicitudes para que se intervenga esta vía de primer nivel según la Ley 1228
de 2008.

10. De manera preventiva se realizan operativos de control por ocupación del derecho de vía en la Carrera 4, por parte de los vehículos de carga y otros que contaminan la calzada, con el acompañamiento del Grupo de Control Vial y los Inspectores de policía.

11.Hemos realizado alianzas estratégicas con la Concesionaria Bogotá - Tunja - Sogamoso BTS, la Agencia Nacional de Seguridad Vial, consorcio férreo CBC196, con los cuales hemos adelantado múltiples procesos pedagógicos y preventivos en la ocurrencia de accidentes o siniestros viales.

12. La utilización de los CEPOS se realiza como medida preventiva disuasiva y educativa para la liberación del espacio público.

13. A través de las inspecciones de policía se han verificado los patios/
parqueaderos autorizados, para inmovilizaciones por conductas contravencionales del tránsito, transporte y siniestros viales, dando
cumplimiento a la ley 1801 de 2016 y ley 769 de 2002.

14. Se han realizado múltiples campañas publicitarias y radiales ante la
promulgación y promoción de la Ley 24856 de 2025, por la cual se circulación y se promueve el uso de vehículos eléctricos livianos de movilidad personal urbana, como alternativas de movilidad sostenible, como alternativa de transporte no contaminante.

15. En cuanto al parqueo en vía, en la actualidad se adelantando los estudios
pertinentes para verificar la viabilidad de la implementación de las zonas
azules en la municipalidad.

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