El Impuesto Predial Unificado es un gravamen real que recae sobre los bienes inmuebles ubicados en la jurisdicción del municipio; el cual es generado por la existencia de un predio, independientemente de quién sea su propietario. Este tipo de impuesto se genera el primero de enero, del respectivo período gravable. Recae sobre persona natural o jurídica, propietaria, poseedora o usufructuaria de predios ubicados en la jurisdicción del municipio.
También recae sobre los administradores de patrimonios autónomos por los bienes inmuebles que de él hagan parte y las entidades oficiales de todo orden.
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