Proceso por el cual las personas naturales, jurídicas o sociedades de hecho, que ejerzan actividades gravadas con el impuesto de industria y comercio deben registrarse para obtener la inscripción al RIT, dentro de los primeros treinta (30) días calendario a la iniciación de sus actividades.
Requisitos:
- RUT
- Fotocopia de cédula de representante legal
- Cámara y comercio (empresas) no mayor a 60 días
- Diligenciar el formulario de registro tributario municipal: https://tocancipa.ligiic.co/Contribuyente/registro.aspx
- Cargar aplicativo Ligiic, con usuario asignado al terminar de diligenciar el formulario RIT
- Pago sanción por inscripción extemporánea, si aplica (Art. 442, Acuerdo 025 del 2021)
Nota: los documentos anteriormente mencionados deben ser cargados por el contribuyente al aplicativo al usuario asignado posterior al diligenciamiento del formulario.
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