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Descripción: Pago que todo propietario, poseedor o quien disfrute del bien ajeno, debe realizar sobre los bienes inmuebles o predios ubicados en la respectiva jurisdicción del Municipio o Distrito.
DESCARGUE Y PAGUE SU IMPUESTO PREDIAL AQUÍ
Hecho generador del impuesto Predial Unificado: Estatuto de Rentas. Artículo 10. El impuesto predial unificado es un gravamen real que recae sobre los bienes raíces ubicados en el Municipio de Tocancipá y se genera por la existencia del predio.
La obtención de la factura de impuesto predial se puede realizar a través de:
1. Ventanilla de facturación de impuestos ubicada en la Alcaldía Municipal presentando cédula original del propietario o factura original (sello de banco) de la vigencia inmediatamente anterior.
En el caso que se presente un Tercero a solicitar la información puede acceder a la factura con una autorización por parte del propietario del inmueble y copia de documento del autorizado y el propietario.
Para realizar pagos en oficinas físicas, los únicos bancos autorizados son: Bancolombia, Davivienda, Banco de Bogotá, AV Villas y BBVA.
Nos encontramos trabajando para habilitar en los próximos días la facturación por PSE a través de nuestra página web con el propósito de brindarte una alternativa virtual que haga tu trámite más ágil y cómodo
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