lunes, 22 de diciembre de 2025
15 días habiles
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Otorgar el permiso para la operación y realización de juegos de azar dentro del municipio de Tocancipá.
DESCRIPCIÓN: Donde el usuario debe cumplir y presentar de manera formal los siguientes documentos.
TIEMPO DURACIÓN QUE IMPLICA EL TRAMITE: La autoridad competente tendrá un término máximo de quince (15) días hábiles contados a partir de la fecha de la solicitud, para validar la documentacion apórtada Y/o acorde a la normativa vigente
REQUISITOS EXIGIDOS: Donde el usuario debe cumplir y presentar de manera formal los siguientes documentos.
Con una anterioridad no inferior a cuarenta y cinco (45) días calendario a la fecha prevista para la realización del sorteo, toda persona natural o jurídica que pretenda operar una rifa deberá dirigir a la Secretaría de Gobierno solicitud escrita la cual deberá contener:
Estado: Sin gestión
Normatividad que sustenta el trámite: DECRETO 1486 DE 2024 - DECRETO 1068 DE 2015- DECRETO 1494 DE 2021-LEY 1801 DE 2016 (ART 84- 205) ACUERDO 025
Dirigido a que población: Comunidad en general
Costo: Los derechos de explotación de la Rifa serán equivalentes al catorce (14%) por ciento de los Ingresos Brutos. Al momento de la autorización, la persona gestora de la rifa deberá acreditar el pago de los derechos de explotación correspondientes al ciento por ciento (100%) de las boletas emitidas. Realizada la rifa se ajustará el pago de los derechos de explotación al total de la boletería vendida.
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