martes, 04 de febrero de 2025
Inmediato
Tramite sin costo
Hecho generador del impuesto Predial Unificado: Estatuto de Rentas
Artículo 10. El impuesto predial unificado es un gravamen real que recae sobre los bienes raices ubicados en el Municipio de Tocancipá y se genera por la existencia del predio.
La generación de la factura de impuesto predial se realiza a través de la información de los predios existentes del Municipio de Tocancipá entregada por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi Igac para cada vigencia (año); esta base recibida por parte de IGAC nos indica las especificaciones del predio, propietarios, avaluo catastral, el Municipio con la información suministrada del Avalúo realiza la asignación de tarifas vigentes actualmente nos encontramos asignando las tarifas que se encuentran en acuerdo 025 de 2021. Art. 19 tarifas, acuerdo 025 de 2021.
La obtención de la factura de impuesto predial se puede realizar a través de dos modalidades:
Dependencia: Secretaría de Hacienda
Descripción del Trámite:
Estado: Inscrito
Normatividad que sustenta el trámite: Estatuto de rentas Municipio de Tocancipá Acuerdo 025 de 2021, Calendarion tributario.
Dirigido a que población: Personas naturales y jurídicas que registran como propietarios de bienes raices (predios)
Documentos Requeridos: En el caso que no pueda acercarse o consultar por página web, el propietario puede realizar una autorización indicando los datos de autorizado, predio y anexando copia de documento de identidad, autorizado y propietario.
Requisitos exigidos: carta de autorización
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