miércoles, 18 de diciembre de 2024
No hay un termino
Trámite sin costo
Están exentos al impuesto de industria y comercio y su complementario de avisos y tableros en el Municipio de Tocancipá.
Dependencia: Secretaría de Hacienda
Descripción del Trámite: 1. Las personas naturales y jurídicas, así como las sociedades de hecho, damnificadas a consecuencia de actos terroristas o catástrofes naturales ocurridas en el Municipio de Tocancipá, respecto de los bienes que resulten afectados en las mismas y en las condiciones que para el efecto se establezcan en el decreto reglamentario, estarán exentas del pago del impuesto de industria y comercio que se cause a partir de la vigencia del presente acuerdo.
Estado: Inscrito
Normatividad que sustenta el trámite: Art. 66 Acuerdo 025 del 2021.
Dirigido a que población: Contribuyentes del impuesto de industria y comercio del municipio de Tocancipá.
Documentos requeridos: Carta de solicitud acreditando los requisitos legales que la exención exige.
Requisitos exigidos: Cada disposición exige diferentes requisitos como: i) daniminifcados por actos terroristas, ii) víctimas de actos terroristas o catastrofes naturales, etc, iii) contratar ciertas cantidades de trabajadores tocancipeños, etc.
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