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ene 15, 2025 06:02

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Exención del impuesto predial unificado

miércoles, 18 de diciembre de 2024

no hay un termino

Trámite sin costo

Los sujetos pasivos del impuesto predial unificado, que se encuentren en algunas de las causales enunciadas en los articulos 26 y 27 del Acuerdo 025 de 2021.

Dependencia: Secretaría de Hacienda


Descripción del Trámite: Los sujetos pasivos del impuesto predial unificado, que se encuentren en algunas de las causales enunciadas en los articulos 26 y 27 del Acuerdo 025 de 2021, podran solicitar por escrito ante la Secretaría de Hacienda que se excluya o se declara exento del pago del impuesto predial, previo estudio, analisis y procedencia que debe adelantar la Secretaría de Hacienda para conceder mediante acto administrativo la exencion o exclusion segun el caso.


Estado: Inscrito


Normatividad que sustenta el trámite: Art 26 y 27 Acuerdo No. 025 de 2024


Dirigido a que población: contribuyentes del impuesto predial 


Documentos Requeridos: Carta de solicitud justificando el beneficio y soportes que demuestren que hay lugar a la exencion o exlusion 


Requisitos exigidos:  segun el caso de la causal 

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